sábado, 29 de diciembre de 2012

LA FIGURA PROFESIONAL DEL ENTRENADOR DEL FÚTBOL


De sobra es conocido el profesionalismo que ha sufrido el Entrenador de Fútbol en cuanto a Metodología de Entrenamiento, Preparación Táctica y Técnica de los equipos, Dirección de Equipos, Scouting, Coaching Deportivo, etc. Constantemente compañeros y amigos publican, ejercicios, opiniones, reflexiones, crónicas y todo lo que se refiere al aspecto deportivo, pero nada se publica en cuanto a los Derechos Laborales de los Entrenadores de Fútbol, nadie habla de los artículos del Reglamento o del Código Disciplinario de la RFEF que regula la actividad de los Entrenadores de Fútbol, está como mal visto, ¿Se puede ser Entrenador de Fútbol y Sindicalista a la vez? ¿Sabemos quien regula nuestra actividad? ¿Es necesario una Ley de Profesiones del Deporte? ¿Se respeta los derechos laborales de los Entrenadores de Fútbol en España?




Su concepto reglamentario se recoge en el artículo 1.2 del RD 1006/1985: "quien, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dedique voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución"

Por tanto, la ley nos enmarca junto a los Deportistas Profesionales, y menos mal, porque gracias a esto en el 90% de los litigios judiciales de Entrenadores con los Clubes el resultado es favorable hacia los Técnicos, pero se hace necesario ya urgentemente una LEY DE PROFESIONES DEL DEPORTE que regule la profesión y así evitar los innumerables artículos del Reglamento General de la RFEF y el Código Disciplinario que no respetan el Estatuto de los Trabajadores de España.



Vamos a ponernos en Situación y poner varios ejemplos a continuación en modo de una historia de una persona que quiere trabajar:

Imagínese que usted recibe una llamada para una entrevista de trabajo en el Corte Ingles, se presenta y finalmente es contratado por los grandes almacenes y al llegar a firmar el contrato le dice el jefe de personal: "Sr García usted va a cobrar al año 20.000 Euros, pero antes de que usted firme el contrato nos tiene que dar en este momento 1000 Euros de su Bolsillo como Impuesto Revolucionario de sus haberes al año"  Parece increíble no?  Bueno pues que se entere toda España que eso es lo que le pasa a cualquier Entrenador de Fútbol en España desde Mourinho hasta un entrenador de primera regional, cuando un club nos contrata en el departamento de licencias de la Federación correspondiente si no abonas de tu bolsillo el 3% de lo que vayas a cobrar todo el año no puedes entrenar. Podemos llegar a aceptar la cuota de afiliado del comité de entrenadores pero como es posible que paguemos por entrenar de nuestros haberes. Otra cuestión importante es ¿ A DONDE VA A A PARAR LOS MILLONES DE EUROS DE ESE IMPUESTO REVOLUCIONARIO? ¿ A DONDE VA EL 3% DEL CONTRATO DE MOURINHO O DE TITO VILANOVA ?

Bueno, finalmente te lo piensas y decides trabajar en el Corte Ingles y le das de tu bolsillo 1000 euros al jefe de personal, todo transcurre con normalidad los dos primeros meses hasta el tercer mes en Diciembre que no te sientes a gusto con tus compañeros y el jefe y decides abandonar la empresa, ya en casita dos meses después recibes una llamada de Amancio Ortega de ZARA para que formes parte de su plantilla en corte y confección, pero otra vez otra piedra en el camino, el dueño de ZARA te comunica que hay un articulo que dice que hasta Septiembre del proximo años no puede trabajar en grandes marcas y superficies que solo puedes trabajar en tiendas muy pequeñinas. Pues si amigos esto es lo que pasa en la actualidad con los Entrenadores de Fútbol, Artículo 162.   (Reglamento General de la RFEF)   La resolución del vínculo contractual 1.    "Si se resolviese el vínculo contractual entre un club y un entrenador, sea cuál fuere la causa, el último no podrá actuar en otro en el transcurso de la misma temporada, como entrenador, directivo, delegado o técnico,ya sea en calidad de profesional, ya en la de no profesional. Se exceptúa la posibilidad de entrenar en las categorías juvenil e inferiores de cualquier club"



Pacientemente esperas un año entero sin trabajar ni cobrar y pidiendo por las calles porque no puedes ganar dinero porque una norma te lo impide, y finalmente después de todos los infortunios decides irte a trabajar a Cataluña, allí una empresa regional de Cava decide contratarte, la empresa para poder contratarte te pide el título oficial del Estado de Grado Superior en Cava, no importa piensas tu pues me he sacado mi título nacional de cava en el año 2009 en la prestigiosa Federación de Cava de Madrid. Una vez mas piensas erróneamente porque el jefe de personal te dice que ese título sacado en Madrid no tiene validez académica y que en Cataluña existe una ley de profesiones del Cava que exige para los contratos profesionales de empresas regionales, el título de técnico de grado superior en cava y tu título como es Federativo de Madrid después del 2007 y que no se puede homologar no te vale para trabajar en Cataluña.

Una vez que con el Real Decreto 320/2000 de 3 de marzo por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo superior en las especialidades de Fútbol y Fútbol Sala se han fijado las directrices generales para el establecimiento de los títulos de Técnicos Deportivos en el que se define en términos de perfil profesional y las competencias más características de los mismos la expedición de títulos de entrenador ya no las lleva a cabo las Federaciones ahora ha cogido el testigo el Ministerio de Educación y Ciencia y las Consejería de Educación de las Comunidades Autónomas, ¿pero que ha pasado?  Pues que las Federaciones han seguido ofreciendo formaciones federativas sin validez académica debido a que han perdido el control y el monopolio de las titulaciones en España, es como si UNIÓN FENOSA por un lado diera títulos federativos de Electricidad al margen de los oficiales de Grado Medio y Superior del Sistema Educativo Español, debido a esto comunidades como Cataluña o Canarias tienen su propia Ley de Profesiones del Deporte, donde se expresa muy claramente:
“Obligatoriedad de titulación".

“En el ámbito de la Comunidad Autónoma, la prestación de servicios profesionales relacionados con la de Entrenador de Fútbol exigirá la titulación oficial de Grado Medio y Grado Superior en Fútbol”



En estas comunidades mencionadas con esta Ley de Profesiones del Deporte se excluye la titulación Federativa para el ejercicio profesional en categorías que dependan la territorial. Por Tanto no podrás entrenar si te has sacado el título de entrenador de Fútbol en Madrid u otra comunidad de carácter federativo sin validez académica fuera del Real Decreto 320/2000 y realizado después del 2007 que no puedes homologar y pretendas entrenar profesionalmente por unos 700 euros en un equipo de primera catalana, o juvenil, o cadete de competición de ámbito territorial de Cataluña.
En próxima entrega hablaremos de esta misma persona si puede acceder gratis a los centros comerciales (campos de fútbol) como sus otros compañeros (árbitros), de cuantos representantes tiene en los sindicatos(Rfef), porque tiene que hacer un curso de reciclaje cada 3 años (Rfef), porque no puede trabajar de reponedor (Licencia de Entrenador de Porteros) teniendo el título nacional, porque si te expulsan del almacén te tienes que al sótano sin salir (vestuario), porque si otro lanza un objeto al pasillo del almacén te echan a ti al sótano (lanzamiento de balones del banquillo), porque si se empieza tarde a trabajar por razones ajenas a ti te expulsan al sótano (si se empieza tarde un partido expulsan al entrenador), porque si pago mi cuota en el comité de Madrid, si voy a León tengo que volver a pagarla en el mismo año y porque cuando vuelva otra vez a Madrid tengo que pagar todas las cuotas de los anteriores años que he estado en León, porque no me vale las que he pagado en León si entreno en Tercera División categoría Nacional  y así, muchas cosas mas.



Por ultimo una cosa, aunque os hable de estos temas reivindicación también se algo de Táctica, Técnica, Coaching, etc. y realizo ejercicios de fútbol en la nube y crónicas, y soy comentarista de la Cadena Ser, y he sido y soy profesor de Dirección de Equipos y Táctica en varios centros oficiales de Madrid y la Mancha, lo digo porque muchas veces he ido a pedir apoyo a algún compañero y la contestación siempre es la misma, yo soy entrenador, yo solo me dedico a entrenar no me interesan esas cosas, paso de problemas con la patronal, yo contesto, ah vale que yo no me dedico a entrenar ni soy entrenador muy bien, llevo 17 años de monigote en los banquillos.

FELIZ NAVIDAD 2012

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