sábado, 20 de octubre de 2012

MEJORAS DEL COLECTIVO


Principales reivindicaciones de la Plataforma de Miguel Galan

1.- Por cada contrato de entrenador, este debe abonar a la Federación el 3% del total del contrato, lo que pretendo es que ese 3% se elimine o se reparta un 1,5% para la Federación y otro 1,5% para que anualmente se establezca un fondo de garantía salarial para los entrenadores que se les deja sin pagar.

2.- Artículo 162. (Reglamento General de la RFEF) La resolución del vínculo contractual, si se resolviese el vínculo contractual entre un club y un entrenador, sea cuál fuere la causa, el último no podrá actuar en otro en el transcurso de la misma temporada, como entrenador, directivo, delegado o técnico, ya sea en calidad de profesional, ya en la de no profesional. Se exceptúa la posibilidad de entrenar en las categorías juvenil e inferiores de cualquier club.

Lo que se pretende es eliminar dicha cláusula o hacer excepciones cuando un entrenador dimite, o le cesan pero no le han pagado su finiquito, o es cesado antes del inicio de temporada.

3.- Actualmente en España hay unos 20.000 entrenadores que no pueden homologar su titulo de federativo a Académico, se pretende desarrollar una disposición con el Gobierno para posibilitar a todos estos entrenadores homologar su titulo.

4.- Los presidentes actuales de los comités de entrenadores los eligen a dedo los presidentes de las federaciones autonómicas, lo que se pretende es cambiar la normativa y posibilitar a los entrenadores que ellos elijan a su presidente mediante un sistema democrático de elección.

5.- Creación del pase de acceso de entrenadores nacionales a los campos de fútbol. Se pretende crear un carne especial como ya tienen los árbitros para entrenadores nacionales para el acceso gratuito a los campos de fútbol desde primera a cualquier categoría.

6.- Hace apenas dos meses se ha aprobado por la RFEF en el código disciplinario con el beneplácito de los actuales representantes de entrenadores de Villar que una vez expulsado el entrenador del terreno de juego debe dirigirse en el interior de los vestuarios, estos hechos tipificados en los arts. 56.1 y 64.1 RFEF. El primero de tales preceptos, en su párrafo 3º, establece que la suspensión de partidos que sea consecuencia de la comisión de infracciones de carácter leve, tratándose de un técnico, implicará, además de las prohibiciones que con carácter general se establecen en el párrafo 1º del citado artículo (entre otras, ..."actuar, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios..."), también las de "...situarse en las inmediaciones del banquillo y la de dar instrucciones de cualquier índole y por cualquier medio a los que participen en el encuentro.
El incumplimiento de lo antedicho tendrá la consideración de quebrantamiento de sanción." (Prevista en el art. 64.1 Código Disciplinario RFEF).

7.- Actualmente para que las titulaciones tengan efectos para poder obtener licencia de entrenador, este debe cada 3 años realizar un curso de reciclaje y actualización, en el caso del comité de Entrenadores de Madrid todavía no se ha organizado dicho curso para los entrenadores madrileños, cosa que ya han echo el resto de comités de entrenadores de otras federaciones territoriales, la ultima lo hará en verano Castilla la Mancha, también se pretende eliminar esta pantomima de la RFEF pues una vez que obtienes la titilación oficial ninguna federación te pude pedir que te examines cada 3 años para que tu titilación valga, se imagina un licenciado en derecho cada tres años haciendo un curso de reciclaje para que valga su titulo. 

8.- Posibilitar a todos los entrenadores obtener gratuitamente el carne de manejo del desfibrilador externos semiautomático otorgado por las comunidades autónomas, se pretende que todos los entrenadores obtenga este carne que habilita para manejar este aparato que salvan vidas de futbolistas, actualmente el comité de entrenadores de Madrid no ha convocado ni desarrollado ni uno solo, solo Castilla la Mancha los convoca periódicamente para los entrenadores castellanos-manchegos.

9.- Desarrollar con el gobierno en cuanto se apruebe la ley de profesiones del deporte el primer convenio colectivo que regule los sueldos de los entrenadores de fútbol (Esto es muy importante)

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